jueves, 23 de noviembre de 2006

¡Zapatero a tus zapatos!

Primero la noticia aparecida en Clarín:

Respuesta muy dura de un tribunal a Blumberg

La respuesta demoró casi un mes. Aquel 25 de octubre, Juan Carlos Blumberg calificó como un "fallo de mierda" el que acababa de dictar el Tribunal encargado de juzgar a los secuestradores de su hijo. Ayer, los jueces le respondieron a través de los fundamentos: dijeron que el ingeniero los "denostó" porque "ignoraba argumentos que hacen al rigor científico del derecho", sugirieron que los abogados que contrató usaron argumentos contrarios a "principios constitucionales básicos" y explicaron que, si éstos hubieran hecho un planteo correcto en el juicio, las penas hubieran sido más altas.

Blumberg había centrado sus críticas en lo que consideraba un reparto de penas muy benigno por parte del Tribunal Oral Federal N° 2 de San Martín. Por eso, ahora los jueces Daniel Cisneros, Luis Nieves y Víctor Bianco no sólo fundamentaron su fallo sino que además señalaron los errores en los que habrían incurrido sus abogados y el fiscal Pedro García.
"
Al menos entre noviembre de 2003 y marzo de 2004, Martín Peralta, José Díaz, Carlos Díaz, Sergio Miño, Mauro Maidana, Analía Flores y Jorge Daniel Sagorsky formaron parte de una asociación que se organizó para cometer delitos", empezaron los jueces, para dar probado que el grupo secuestró a Ana Nordmann, Víctor Mondino, Guillermo Ortiz de Rozas y a Axel Blumberg (23), a quien asesinaron el 23 de marzo de 2004.
"La muerte intencional de la víctima fue decidida, exclusivamente, por Peralta y los Díaz, siendo el brazo ejecutor José", indicó el juez Bianco. "Tenían la excluyente finalidad de procurar la impunidad. Aquí, a mi juicio, quedó plasmado un ejemplo docente de homicidio criminis causae (matar para ocultar otro delito), que de haberse introducido en la acusación, tanto de la querella como de la fiscalía, hubiese permitido la posibilidad de aplicar la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado".

En otras palabras, Bianco dijo que si querella y fiscalía hubieran acusado por "homicidio críminis causae" y no por "secuestro seguido de muerte", como hicieron, a Peralta y José Díaz les habría cabido una pena mayor que la reclusión perpetua recibida.

"El Tribunal quedó atado de manos y no pudo recurrir a esta figura, la más grave del Código Penal", agregó. "No quiero hacer de esto una cuestión; simplemente deseo expresar, a título personal, que cuando el querellante alzó su voz para denostar públicamente la supuesta benignidad de las sanciones, seguramente ignoraba este tipo de argumentos que hacen al rigor científico del derecho."


Su colega Cisneros se expidió igual.

"Si la calificación que fijaron las partes acusadoras hubiere sido la que considero correcta, la pena hubiera podido ser superior (con reclusión por tiempo indeterminado)", opinó. Y agregó que en el discurso de la querella pareció "sobrevolar el Derecho Penal de enemigo"
, que no reconoce garantías a los acusados.


"Personalmente considero que demasiados horrores y dolores ha dejado en nuestro país la concepción del enemigo, la no aplicación del Derecho", dijo. "Algunos de los asistentes a este juicio han sido actores de aquellos años", agregó, en obvia referencia a Roberto Durrieu, abogado de Blumberg y funcionario de la última dictadura militar. "Debemos aprender de nuestra Historia, y no justificar a través de inteligentes elaboraciones la anulación del derecho Penal, pues (esto) sólo nos puede llevar a estrellarnos, haciendo añicos principios constitucionales básicos e imprescindibles para la democracia".

Bianco apuntó luego que al Tribunal lo sorprendió que la querella decidió al final no acusar al ex policía Daniel Gravina, cuando al principio había insistido en enjuiciarlo por encubrimiento. "No responderé la salida de tono del Sr. Juan Carlos Blumberg cuando de cara a la sociedad y frente a los medios de prensa hizo alharaca con esta cuestión menor, porque en definitiva, no hizo más que despotricar contra la solución que sus letrados nos habían acercado", dijo.

Cisneros agregó:
"Estuve tentado de contestar algunas de las cuestiones que públicamente hicieran referencia a este fallo, como su supuesta injusticia (parece ser que toda solución que no sea la querida como propia pasa a tal categoría), o el pensar que 'hacer justicia' es sinónimo de linchamiento popular. Me convencieron de no hacerlo".


La Depresión (Wikipedia)
Vivir es sentir emociones, sin embargo también es propio de los humanos en sus distintas versiones, padecer los excesos de sus propias pasiones.
Basta con leer escritos, ver obras de arte, percibir las manifestaciones excesivas del odio, de los celos, del miedo, del amor...y de ese displacer interno que llamamos melancolía, pena, tristeza, depresión. La búsqueda del término que nombrara a ese estado del alma tiene su historia y, por puro vicio occidental y mediterraneocéntrico, con los griegos.

Hipócrates lo sintetiza como: Si el miedo y la tristeza se prolongan, es melancolía. Lo negro, lo agrio, lo pesado, lo triste, encerrado en un término: melancolía…

La depresión (del latín depressus, que significa "abatido", "derribado") es un estado de abatimiento e infelicidad, que puede ser transitorio o permanente. En la mayoría de los casos, el depresivo describe su estado, y así lo ven los demás, como derribado, socavado en su potencialidad, debilitada su base de sustentación afectiva, desplazado su eje de acción usual, desganado, hipoérgico o por el contrario hiperactivo hasta la agitación y ansiedad.

La depresión es el más importantes depredadores de la felicidad humana. También se utiliza comúnmente como sinónimo de triste, apenado, bajoneado (neologismo popular que ilustra la mirada del otro, lo ve 'bajo' —que está en un estado inferior al habitual).

Ellos causan dolor y sufrimiento no sólo a quienes de ellos padecen, sino también a sus seres queridos. La depresión severa puede destruir tanto la vida de la persona enferma como la de su familia. Sin embargo, en gran parte, este sufrimiento se puede evitar.

Otro tipo de depresión es el trastorno bipolar, llamado también enfermedad maníaco-depresiva. Éste no es tan frecuente como los otros trastornos depresivos. El trastorno bipolar se caracteriza por cambios cíclicos en el estado de ánimo: fases de ánimo elevado o eufórico (manía) y fases de ánimo bajo (depresión). Los cambios de estado de ánimo pueden ser dramáticos y rápidos, pero más a menudo son graduales. Cuando una persona está en la fase depresiva del ciclo, puede padecer de uno, de varios o de todos los síntomas del trastorno depresivo. Cuando está en la fase maníaca, la persona puede estar hiperactiva, hablar excesivamente y tener una gran cantidad de energía. La manía a menudo afecta la manera de pensar, el juicio y la manera de comportarse con relación a los otros. Puede llevar a que el paciente se meta en graves problemas y situaciones embarazosas. Por ejemplo, en la fase maníaca la persona puede sentirse feliz o eufórica, tener proyectos grandiosos, tomar decisiones de negocios descabelladas, e involucrarse en aventuras o fantasías románticas. Si la manía se deja sin tratar puede empeorar y convertirse en un estado sicótico (el paciente pierde temporalmente la razón).



Si el paciente es anciano puede ser reacio a hablar de su desesperanza y tristeza. La persona mayor puede no querer hablar de su falta de interés en las actividades normalmente placenteras, o de su pena después de la muerte de un ser querido, incluso cuando el duelo se prolonga por mucho tiempo.

El ejercicio ilegal de una profesión.

La Constitución Nacional establece en el artículo 40 lo siguiente:

"Toda persona es libre de ejercer cualquier profesión u oficio sujeta a los reglamentos que establezca la Ley en lo relativo a idoneidad, moralidad, previsión y seguridad sociales, colegiación, salud pública, sindicación y cotizaciones obligatorias.
No se establecerá impuesto o contribución para el ejercicio de las profesiones liberales y de los oficios y de las artes."

Los abogados

Para la profesión de abogado, cualquier persona es libre de ejercerla siempre y cuando cumpla con las reglas que establece la Ley.

El carácter remisorio de la norma Constitucional obliga a revisar la Ley N° 9 (Ciudad de Buenos Aires) que regula la profesión de abogado, como todas aquellas reglamentaciones, acuerdos o directrices que inciden en el ejercicio adecuado de la misma, lo que seguidamente pasamos a examinar.

1° La persona que sin cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 1 de esta Ley, se anuncie o se haga pasar como abogado, u ofrezca servicios personales que requieran la calidad de abogado o gestiones sin autorización legal."

Los Ingenieros (Por ejemplo Provincia de Córdoba)

Refiriéndose al ejercicio profesional en el Capítulo Unico
Artículo 12ro.: Se considerará ejercicio ilegal de la profesión a la realización de las actividades específicas previstas en el art. 5ro. de esta Ley, sin título profesional o con título profesional indebidamente habilitado.
Artículo 13ro.: Asimismo se considerará ejercicio ilegal de la profesión cuando el ingeniero realice sus actividades específicas sin estar inscripto en la matrícula. Corresponderá en este caso su juzgamiento al Tribunal de Etica Profesional.

Mis conclusiones

Yo, que soy abogado, no puedo ir al Ministerio de Planeamiento e Infraestructura a decirle como se hacen los electroductos, porque no tengo idoneidad. Si insistiera en hacerlo sería un maníaco y probablemente terminara internado.

Si veo un puente o una estructura de hormigón tengo derecho a decir si me gusta o no me gusta, pero no puedo referirme a quién la diseños como la mierda, porque no tengo la idoneidad suficiente para calificarla.

Si por falta de idoneidad, por no ser abogado o por ser justiciero hago que la acusación de los asesinos de mi hijo sea más leve, creo que me llamaría a silencio por el resto de los días que me toque vivir o pediría ayuda para tratar mi depresión agitada.

Del "enemigo" y de la venganaza en lugar de justicia hablaremos en otra oportunidad, pero lo que les pido es que tengan en cuenta que si identifican lo que cita el artículo de Wikipedia en el Ing. Blumberg, no se olviden que ese hombre se quiere postular como gobernador de la Provincia de Buenos Aires. ¡Peligroso! ¿No?

Jorge A. Ricaldoni
Dr. En Comunicaciones
Abogado

2 comentarios:

Emmanuel Frezzotti dijo...

Jorge, soy estudiante de Cine en La Plata. Vi tus blogs en el foro: muy buenos, los voy a visitar seguidos. Yo también tengo uno (literario), te mando mil saludos.

Mi blog es:
http://soloelmundoyyo.blogspot.com

Nelson Lagos dijo...

Estimado Jorge:

Reconozco que sólo eché una mirada superficial a lo de Blumberg pero, gracias a tus doctos comentarios, me logré hacer una idea que la prensa de tu país no me daba (obvio, no son juristas).

Mi profesor de Derecho Procesal (un señor del Derecho) siempre nos decía "las formas matan el fondo".

En castellano, Blumberg (no se si será letrado) y sus "abogados" no tienen idea de Derecho Procesal (ni tampco de Derecho Penal) y no hayaron nada mejor, que con la ayuda de la prensa ignorante del arte del Derecho, de cargarse (como en casi todos los países, incluido, por cierto el mío) a los jueces, para justificar su incompetencia e ignorancia.